IV
DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda incoada por ante este Tribunal ciudadanos MARCOPOLO GUTIERREZ Y ALFREDO SEGNINI, en su carácter de Presidente y Vice-Presidente de la Junta de Condominios de Residencias MARIANGELES, asistido por el abogado CARLOS ANGEL MORENO CARRILLO en contra de la ciudadana: LIUTMILA HERNANDEZ DE ALEZARD por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA, todos plenamente identificados en autos, y se condena a la parte demandada por haber resultado vencida al pago de la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO BOLIVARES ( Bs.3.269.195,00), por concepto de las cuotas de condominio, desde el mes de julio del 2004 hasta el mes de septiembre de 2005, la cantidad de.....