NIEGA la solicitud de Orden de Aprehensión incoada por la Fiscal Primero del Ministerio Público en contra del ciudadano LUIS ERNESTO BRITO MONROY, quien es Venezolano, natural de esta ciudad, de 20 años de edad, nacido en fecha: 14-06-86, soltero, obrero, hijo de Modesto Rosal y Claudia Brito, titular de la cédula de identidad N° V-24.536.920, residenciado en Sector la Rinconada de Playa Grande, Carúpano, Estado Sucre, Canchunchú viejo, calle la torre, N° 107, Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre, por cuanto para que se pueda acordar una orden de aprehensión, deben concurrir los requisitos previstos en el los ordinales 1°, 2° y 3° del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.