V
DECISION
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario de Nulidad interpuesto por el abogado Lubin Antonio Labrador Rondón, en su carácter de apoderado judicial de AUTOYOTA, C.A., contra la Resolución N° RRC/2011-09-048 del 09 de septiembre de 2011 emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA, estado Carabobo, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por la contribuyente, modificó los montos contenidos en la resolución N° RL/2011-05-101 discriminados de la siguiente forma: impuestos causados y no liquidados por Bs. 24.223,16, multa por Bs. 12.384,18 menos pago parcial por Bs. (24.223,16), por concepto de impuestos causados y no liquidados, en materia de impuesto sobre actividades económicas, para un reparo total por la cantidad total de bolívares .....