En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio Gleidy Josefina Sira Oria, titular de la cédula de identidad n.º 11.723.095 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.º 154.335, actuando en representación de la niña (se omite el nombre en virtud de lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); contra el auto de fecha veintidós (22) de mayo de dos mil catorce (2014), dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro; en el asunto .....