En el día de hoy, 24-05-2006, siendo las 11:15 a.m. se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; a señalamiento del Abogado: NELSON LUGO, en su carácter de apoderado de la parte actora, a los fines de practicar la Medida de SECUESTRO PREVENTIVO, acordada por el JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en el juicio que por DESALOJO, sigue a ciudadana MARIA CASANS DE GARCIA, contra los ciudadanos: RUBEN GOMES Y LUIS VIVAS. Este tribunal declara materializado la Medida de SECUESTRO PREVENTIVO, sobre el bien Inmueble descrito plenamente en el acta, Siendo la 01:00 p.m. se ordena el regreso del Tribunal a su sede habitual.