Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano WILMER LEONEL HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad número V- 9.565.701, en contra de la sociedad mercantil KAYSON COMPANY DE VENEZUELA S.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y Estado Miranda en fecha 21 de noviembre del 2005, bajo el N° 69, Tomo 1216-A., y en consecuencia se condena a pagar a ésta última, los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se condena a pagar a la demandada por DIFERENCIA DE INTERESES SOBRE PRESTACION DE ANTIGÜEDAD la cantidad de UN MIL OCHOCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON CATORSE CENTIMOS, (BS. 1.810,14)
SEGUNDO: Se condena pagar a la sociedad mercantil KAYSON COMPANY V.....