Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La Inmediata Libertad del ciudadano Luís Alexander Velásquez Fajardo, quien fuera condenado a cumplir la pena de Cinco (5) años y Ocho,(8), meses de Prisión, por la comisión en concurso real de los delitos de Homicidio Calificado en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° en relación con el artículo 84 ordinal 3° ambos del Código Penal Venezolano; en perjuicio de Luís Miguel Hurtado Longart y Trato Cruel, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña Mariángela Del Valle Guerra Rojas. Líbrese Boleta de Libertad y junto con Oficio remítase al Comandante de la Policía de esta Ciudad. Líbrese Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científica.....