DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto anteriormente, éste Juzgado Primero 1º de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES seguidas en contra de VICTOR JOSÉ GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° 5.568.422 y en consecuencia se ordena el CESE INMEDIATO de la medida de Coerción que sobre él pesa, por lo que, el mismo dejará de poseer la condición de imputado en la presente causa, todo de conformidad con lo estipulado en el segundo aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Diarícese y publíquese la presente decisión, notifíquese a las partes y remítase el presente asunto al Archivo Judicial, una vez que la presente decisión quede firme.