Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano ANGEL REINALDO ROJAS, portador de la cédula de identidad número V-4.466.224. En consecuencia se ordena remitir oficio a los jefes de las Oficinas de Registro Competentes, a los fines de que estampen la nota marginal en la partida de nacimiento del solicitante determinando que en donde dice “SANTA ROJAS”, debe decir “CRISTINA RIJAS”, que es lo correcto.