Vista la diligencia presentada por los ciudadanos: FLOR MARIA HERNANDEZ DE HENRIQUEZ y CARLOS FRANCISCO HENRIQUEZ COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 11.522.603 y Nº V-8.845.845, mediante la cual Ratifican la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia AGRÉGUESE a los autos del presente. Posteriormente pasara este Tribunal a dictar sentencia, en el lapso correspondiente.