En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano LUIS ISIDRO PEREZ PEREIRA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.556.888, hábil en derecho y de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la abogada MARIA DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.374.272, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el No 135.499 y la sociedad mercantil COMALCA TRANSPORTE C.A con Registro de Información Fiscal Nº J29680229-7, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, 05 de noviembre de 2008, bajo el Nº17, Tomo 356-A, (en lo sucesivo LA EMPRESA), representada en este acto por la abogada en ejercicio H.....