En fecha 24 de septiembre este Juzgado de Sustanciación dictó sentencia mediante la cual se declaró: COMPETENTE El Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer de la presente causa; ADMISIBLE la presente demanda; ORDENA notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI),y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, notificación ésta última que se practicará en concordancia con el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; INSTA a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Procurador General de la República; ORDENA solicitar el expediente administrativo de la presente causa a la OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI); ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Nacional PrimeroCon.....