Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto el 02 de octubre del 2007, por el abogado PEDRO BRITO, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio FELDESPATO PROCESADOS, C.A., contra el auto dictado el 24 de septiembre del 2007, por el Juzgado tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que negó oír la apelación interpuesta el 21 de septiembre del 2007, contra el auto dictado el 18 de septiembre del 2007.
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