Hoy 24 de octubre del 2007, siendo las 09:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que la parte actora ciudadano ANTONIO RAMON CASTAÑEDA, titular de la cedula de identidad N° 3.964.060, no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil JEAN LEONARDO TUA, encargado de anunciar la audiencia, asistiendo solamente la parte demandada mediante su apoderado abogado MANUEL CARUCI, inscrito en el IPSA bajo el N° 6.590; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197° y 148°.