DISPOSITIVA:
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara SIN LUGAR el Gregorio Antonio Vergas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.866.037, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 161.469, con domicilio procesal en la calle 26 entre carreras 16 y 17 Torre Ejecutiva, piso 10, oficina 101, Barquisimeto Estado Lara, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano CESAR ALEXANDER ALMAO VASQUEZ, portador de la cédula de identidad Nº V- 21.295.940, ambos de este domicilio, por cuanto no existe violación alguna del contenido del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a l.....