DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Único: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de Suspensión de Efectos del acto administrativo contenido en: 1) La "Certificación de Enfermedad de Origen Ocupacional" de fecha 30 de Junio del 2011, signada con el No. 000134, emanada de la Dirección Estatal de Salud los Trabajadores (Diresat Carabobo).
Notifíquese de la presente decisión al Juez a-quo.