Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 1º de octubre de 2012, mediante la cual declaró inadmisible por haber operado la caducidad en la "demanda de nulidad parcial" contra "(¿) la AUTORIZACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE DIVISAS (´ALD´) número 2277010 (...)", emitida por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI). (Mayúsculas, negrillas y subrayado del original). 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en consecuencia, se CONFIRMÓ la decisión de fecha 1º de octubre de 2012, dictada por el Juzgado de Sustanciación de este Órgano Jurisdiccional mediante la cual se declaró inadmisible la referida "demanda de nulidad parcial" ejercida. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.