En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre-Extensión Carúpano, en fecha 05 de Junio de 2014, con distintos argumentos. TERCERO: SIN LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano: RAMÓN EDUARDO VELÁSQUEZ VERDU, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.424.240, contra VENEZUELAN SHIPMANNING, S.A., CARIBBEAN MANNING GROUP, C.A., GLOBAL SHIPMANAGEMENT, C.A. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. QUINTO: REMITASE la presente causa en su oportunidad al Tribunal.....