En suma y con fundamento en las razones que preceden y En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD de ENTREGA DE VEHICULO interpuesta por el Ciudadano ERNESTO JOSE JIMÉNEZ VILLASMIL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad abogado en ejercicio, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 18.682.074, debidamente inscrito el INPREABOGADO, bajo el Nro. 132.845, domiciliado en Santa Ana de Coro, Estado Falcón, actuando en este acto como Co-Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil "TRANSPORTE K.L, COMPAÑÍA ANONIMA", debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha Seis (06) de Agosto del año Dos Mil Quince (2.015), bajo •I Nro. 4, Tomo -25-A, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-406468913, ubic.....