"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos Lilian Teresita Bracamonte de Maggiorani y Alfredo Emilio Maggiorani Valecillos, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante la Prefectura Civil del Distrito Bolívar del Estado Táchira, en fecha 21 de enero de 1.983, según acta nº 020. Así se decide".