Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por la ciudadana NOHELYS DEL PILAR PEREIRA RAMOS, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.364.921, en contra del ciudadano ELVIS MANUEL CRESPO ALMAO, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-27.119.976, en relación a la disolución del vínculo matrimonial.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 02 de Diciembre del año 2022, quedando inserta el Acta bajo el Nº 234, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.