SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el defensor Privado Pedro Troconis Da Silva, en su carácter de defensor del ciudadano Jean Carlos Delgado Romano, y en consecuencia ANULA la sentencia dictada en fecha 12 de junio de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia y de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA CELEBRACIÓN DE UN NUEVO JUICIO ORAL ante un juez de juicio distinto al que dictó el fallo que hoy se anula, en este mismo Circuito Judicial Penal. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 438 ejusdem, los efectos del presente fallo se EXTIENDEN al procesado JUAN ADRIÁN BARRIOS PARRA, en virtud de que le resulta favorable, dado que se encuentra en la misma situación que el acusado Jean Carlos Delgado Romano, en consecuencia dichos efectos le son aplicables por encontrarse en idénticos moti.....