Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Decreta la Extinción de la Acción Penal, en la presente causa seguida al Ciudadano YIMMI ANTONIO FIGUEROA CASTILLO, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 18.667.767, de oficio obrero, hijo de Rafael Figueroa y Julia Castillo, domiciliado en calle Cumaná, casa S/N, Guaca, Parroquia Bolivar, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; y el subsecuente Sobreseimiento de la Causa, seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Violación previsto y sancionado en el artículo 375 del código penal vigente para la fecha de los hechos en Perjuicio de Gino Marconi, por haber operado la prescripción procesal de la misma en base a los artículos 108 ordinal 2° y 110 primer aparte del código penal, todo de confor.....