Se ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado MARLON MARTINEZ, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos FRANK LUIS MACHADO GONZALEZ, JEAN CARLOS ANTILLANO DIAZ, SAEL IRIARTE RINCONES, LEONAR ALEXIS HIDALGO TOUA y CARLOS RUBEN MACHADO PENSO, identificados con las cédulas Nros V-14.146.141, V-13.374.344, V-13.641.180, V-12.544.743 y V-12.866.382, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14/09/2015, mediante la cual decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del precitado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO A DE VEHÍCULO DE CARGA, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 357 del Código Penal, en grado de instigadores, previsto en el articulo 84 numerales 1 y 2 del Código Penal, en perjuicio de la Empresa Venezuela International Pakers.