Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, actuando en sede Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Medida cautelar DE SUSPENSION DE EFECTOS, del acto administrativo contenido en el expediente 021-2015-01-00187, signado con el N° 55-2016 de fecha 08 de Julio de 2016, la cual ratifica la orden de reenganche y la restitución a la situación jurídica infringida con el consecuente pago de los beneficios laborales dejados de percibir entre otros, de la ciudadana la ciudadana DELIA DE JESÚS GARCÍA, titular de la cedula de identidad numero V-8.436.083.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, el dos (02) del mes de Noviembre del año d.....