este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo De La Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Competencia en los Estados Cotejes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda de QUERELLA FUNCIONARIAL, incoada por los ciudadanos JHON ALEXANDER CHAVEZ RUJANO y LEANDRO JOSE CUELLO VILLEGAS venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-21.152.260 y 18060.483, debidamente asistida por el abogado OTTO RICARDO MALPICA RODRIGUEZ ., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 184.498, contra el ACTO ADMINSITRATIVO DE DECISION Nº 06-2017, DE FECHA 03 DE ABRIL DE 2017, EMANADO DEL CONCEJO DISIPLINARIO DE LA REGION CENTRAL DEL CUERPO DE INSVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS (C.IC.P.C).