Se declaró: 1. CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta el ciudadano JHONY GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 5.824.929, debidamente asistido por la abogada Marianella Godoy Carvajal, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 48.657, en contra del MUNICIPIO SAN JOAQUÍN DEL ESTADO CARABOBO. En consecuencia.
2. SE ORDENA la reincorporación del querellante al cargo de Almacenista , que desempeñaba en el Municipio San Joaquín del Estado Carabobo, así como los salarios dejados de percibir, desde el momento del ilegal retiro hasta la reincorporación definitiva al cargo. A los fines del cálculos de estos últimos se ordena experticia complementaria de conformidad a lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.