DISPOSITIVO
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen Como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; en consecuencia: DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por concepto de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoado por el ciudadano JUAN JESUS LUGO COLINA en contra de la empresa CONSORCIO TRANSMEICA. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa CONSORCIO TRANSMEICA, cancelar al ciudadano JUAN JESUS LUGO COLINA, la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON CUARENTA CENTIMOS ( Bs.- 4.541.333,40).: Así se decide. TERCERO: Se ordena el Pago de los Intereses generados por concepto de Antigüedad, tal cual lo establece el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. Así se.....