Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la empresa mercantil FRIGORÍFICO INDUSTRIAL PORTUGUESA C.A. en contra del INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR Y EL USUARIO DEL ESTADO PORTUGUESA (INDECU).
SEGUNDO: Se le ordena a la COORDINACIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO PARA LA DEFENSA Y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR Y EL USUARIO DEL ESTADO PORTUGUESA (INDECU) que dicte la Providencia Administrativa al procedimiento de medida ocupacional preventiva que cursa en el expediente Nº CRP-010507-000001, para lo cual se le otorga un lapso de 20 días hábiles de conformidad con el articulo 5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por.....