Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó por ante este Juzgado, el ciudadano ANIBAL JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.420.098, debidamente representado por el abogado en ejercicio, PIETRO JORGE SCAPELLATO ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo e. No.52.443, ambos domiciliados en Carúpano y aquí de tránsito.
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento, suscrito entre las partes.
TERCERO: Desalojar y desocupar totalmente de bienes y de personas el inmueble anteriormente descrito objeto del contr.....