DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada los ciudadanos: CESAR LUIS PALENCIA SEQUERA y RAYSON ERAMET AREVALO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.970.026 y V-28.295.423, respectivamente, asistidos por el Abogado WALYS AXEL OTONIEL SEQUERA SEQUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.544.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Montalbán, a los Veinticinco (25) días del mes de Febre.....