DISPOSITIVO
En consecuencia, con fundamento a los razonamientos antes expuestos se declara: en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. Todo con motivo la demanda incoada por la ciudadana YOSMELIA ASCANIO, titular de la Cédula de Identidad N° 16.052.101, PARTE DEMANDANTE, en contra de DAY SPA, C.A., en consecuencia se condena a la demandada al pago de CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bsf.14.333,24) como sigue: