Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado Richard Del Jesus Viña Obando, quien es venezolano, natural de Carúpano, de 21 años de edad, estado civil: soltero, nacido en fecha 30-12-1987, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.926.856, ocupación u oficio: pescador, hijo Inocencia Obando Viña y Gregorio Brito, y residenciado en: Las Cisterna, calle los cocos, casa sin numero, cerca de la carpintería Juan Manuel, de la Población del Morro, Municipio Arismendi del Estado Sucre, El Beneficio De Suspension Condicional De La Ejecucion De La Pena, que le fuere impuesta por la comisión del delito de Violencia Sexual En Grado De Frustraciòn, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en rel.....