DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada ELISA PINEDA OCHOA, Apoderada Judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por en fecha 26 de noviembre de 2013, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Se declara SIN LUGAR la oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar intentada en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesto por la sociedad mercantil TELECOMUNICACIONES AABY C.A., contra INMOBILIARIA BUCCI C.A., y la ciudadana MARÍA TERESA MONTES DE BUCCI.
Se RATIFICA la condenatoria en costas proferida por el a-quo y se condena a la parte perdidosa en esta instancia a dichas costas procesales de conformidad con lo establecido en el .....