En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Con lugar las pretensiones de la actora y se condena a la demandada a pagar las cantidades determinadas en la parte motiva de esta sentencia, es decir, a la ciudadana CARLEX ARAUJO, la cantidad de Bs. 155.349,03.
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada de conformidad con lo establecido en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar a la demandada, y al Síndico Procurador del Municipio Palavecino, conforme al Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.