Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ANA REBECA HUNG DIAZ mediante su endosataria en procuración Dra. SEIVA PASTORA AGUILAR contra la ciudadana ALICIA DEL ROSARIO RODRIGUEZ, ambas plenamente identificados en autos, por COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMACION) En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 4.500.000,00) que es el monto que suman las letras, así como los intereses devengados o moratorios desde las fechas de vencimientos de las letras de cambio, hasta la fecha del día del pago definitivo, de la presente obligación calculados al 5% anual-----------------------------------------
En cuanto a la designación de un experto contable solicitada por la parte actora y acordada por este Tribunal, a los fines de determinar con precisió.....