DISPOSITIVA.
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: SIN LUGAR, la solicitud formulada por la Defensa de la ciudadana PETRA COLMENAREZ DE ARBELAEZ, titular de la cédula de identidad Nº (...), en relación a la sustitución de la medida de privación preventiva de libertad que le fue decretada a su defendida. Notifíquese al solicitante, de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZA DE JUICIO Nº 3
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
LA SECRETARIA