En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara CON LUGAR, la solicitud de Aclaratoria formulada por la abogada MIRIAN DE JESUS MENDEZ, supra identificada, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Accionante, anteriormente identificados; y en consecuencia, se Aclara el contenido del CAPITULO II, MOTIVACION PARA DECIDIR, en el cual deberá leerse y decir íntegramente: "Observa esta juzgadora que en el caso de autos, la parte demandante consigna con el libelo copia de la declaración definitiva de IMPUESTOS SOBRE SUCESIONES (folios 10 al 13), de donde se evidencia que la ciudadana AMNERIS DOMITILA OCHOA MONTENEGRO, ya fallecida, no tuvo hijos, ni cónyuge, evidenciándose la existencia de un litisconsorcio activo conformado por los demandantes ciudadanos OSWALDO ENRIQUE OCHOA MONTENEGRO, JEAN CARLOS OCHOA MEJIAS, JEAN CARLOS OCHOA SEÑA, RONALD ENRIQUE OCHOA SEÑA, SHIRLE.....