Vista la transacción hecha por las partes así la acuerda en relación a lo solicitado por el abogado actor Alex Pereira Gómez de mantener la medida, niega lo solicitado, por cuanto este Juzgado se limita a cumplir la medida cautelar tal como ordenado y lo prevee el articulo 237 del Código de Procedimiento Civil. No habiendo más actuaciones que practicar se acuerda regresar a su sede natural. Se leyó y conformes firman siendo las 2:30 de la tarde