este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley CONDENA al acusado SIMÓN ANTONIO CHACIN VELASQUEZ, Venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N°. 14.008.067, de profesión u oficio albañil, residenciado en la Calle la Planta, Casa S/N, frente a la ferretería del medio, Parroquia Raúl Leoni del Municipio Sucre Estado Sucre, hijo de Santa Corina Velásquez y Carlos Chacin; A CUMPLIR LA PENA DE (02) AÑOS DE PRISIÓN POR EL DELITO DE PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal vigente, en perjuicio de la Colectividad, señalándose de conformidad con lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal prudencialmente el día 25 de mayo del año 2009 como la fecha en que la presente condena finalizará. Asimismo se le CONDENA a las penas accesorias a que se refiere el artículo 13 del Código Penal y al pago de las Co.....