PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación intentado por la parte demandada en contra del auto de admisión de pruebas dictado en fecha 05 de agosto de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo admitir la prueba contenida en el capítulo VIII del escrito de promoción de pruebas de la parte demandada y fije en caso de ser necesario un plazo para su evacuación; TERCERO: Queda modificado el Auto apelado en los términos que quedaron expuestos en esta sentencia.
Remítase el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.