SEGUNDO:
Por los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Portuguesa Sección Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor de los Adolescentes imputados (IDENTIDADES OMITIDAS), de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordenándose la remisión de la presente causa al Archivo Judicial, una vez cumplido el lapso legal correspondiente.
En la ciudad de Guanare, a los Veinticinco (25) días del mes de Mayo del año 2009.-
LA JUEZA DE CONTROL NO 1.
ABG. SENAIDA ROSALÍA GONZÁLEZ SÁNCHEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. ARGELIA GUEDEZ ROMERO.
Causa Nº 1C-385-07.