considera quien como Juez suscribe, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Conforme a lo preceptuado en el numeral 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 481 ejusdem, remitir mediante Exhorto por distribución, Copias Certificadas del Acta de Audiencia Preliminar, de la Sentencia Condenatoria, del Auto de Ejecución con el Computo Definitivo para el Cumplimiento de la Pena y de la presente Resolución, a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Anzoátegui, a los Tribunales de Primera Instancia en lo Penal con Competencia en Materia de Ejecución del Palacio de Justicia del Estado Anzoátegui, a los fines previstos en el numeral 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal...