Este EL TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho:
1.PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte demandante Sociedad de Comercio B.P. INVERSORA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo en fecha 24 de noviembre de 1982, bajo el Nro 65, Tomo 138-A, mediante apoderados judiciales, abogados ARNALDO MORENO LEON y ZAIDA JASPE MORA, titulares de las Cedulas de la Identidad Nros V- 5.388.318 V- 7.089.787, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 19.186 y 55.658, respectivamente y la parte demandada, Sociedad de Comercio MAXIBELLEZA MUEBLES Y EQUIPOS, C.A inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, en fecha 9 de Noviembre del .....