DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la demanda incoada por ante este Tribunal por el Ciudadano JOAO ADELINO CATANHO MONIS BERENGUER asistido por el abogado PIERRE CAMINERO PARES, contra del ciudadano: OSWALDO JOSE MORENO ALMEIDA por DESALOJO, plenamente identificados en autos, y se condena a la parte demandante por haber resultado vencida al pago de las costas de conformidad con lo establecido en el articulo 274 de la Ley Adjetiva.- Notifíquese a las partes, por cuanto el fallo fue dictado fuera del lapso, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE:
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Lib.....