DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio No 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 376 del Código Adjetivo Penal, CONDENA a ANDERSON RAFAEL CHAVEZ ROJAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.413.327. Nacido en Carora el 02-05-1983, de 21 años de edad, hijo de Carlos Chávez y Marys
Rojas. Domiciliado en la Calle El Rosario con Calle Julio Montero, casa S/N, cerca de la Cancha Deportiva. Carora. Estado Lara. A CUMPLIR LA PENA DE TRES (3) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE DE PRESIDIO mas las accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipo penal previsto en el artículo 7 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículo Automotor. El término estimado de la presente condena es aproximadamente el 21 de .....