Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PROTECCION al ciudadano MARTHA ROSA MORILLO SANCHEZ, venezolana, de veintiséis (26) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.340.252, domiciliada en el Caserío Las Matas, calle principal, casa sin número, después de la Escuela Rural Las Matas, Ospino Estado Portuguesa y su grupo familiar, consistente en vigilancia periódicas en el referido inmueble. La precitada medida de protección deberá ser cumplida por funcionarios adscritos a la Comandancia de la Policía del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, bajo la supervisión de su Comandante, quién deberá dar estricto cumplimiento a la medida acordada, so pena de incurrir en responsabilidad, debiendo llevar un control interno co.....