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Decisiones del dia 25/06/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Superior Segundo del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP02-R-2009-000148 N° Sentencia : PJ0132009000065 Fecha: 25/06/2009
Procedimiento:
Apelación
Partes:
JOSÉ CARLOS VALERA CONTRA MOORE DE VENEZUELA,S.A
Resumen:
DECISION Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la actora. CON LUGAR, la acción, incoada por el Ciudadano, JOSÉ CARLOS VALERA, contra la Sociedad de Comercio "MOORE DE VENEZUELA" S.A. Queda en estos términos REVOCADA la sentencia recurrida. Se ordena la reincorporación del trabajador a sus labores habituales que venía desempeñando para el momento de la ocurrencia del despido injustificado (15/07/2008), así mismo el pago de los salarios caídos desde su ocurrencia hasta fecha de la efectiva reincorporación del demandante a supuesto de trabajo, o persistencia a razón del salario promedio diario de DOSCIENTOS BOLIVARES, es decir Bs. 200,00. Exclúyase de su cálculo las vacaci.....
Juez/Ponente:
Bertha Fernandez
Organo:
Tribunal Superior Segundo del Trabajo
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N° Expediente : GP02-R-2009-000148 N° Sentencia : PJ0132009000065 Fecha: 25/06/2009
Procedimiento:
Apelación
Partes:
JOSÉ CARLOS VALERA CONTRA MOORE DE VENEZUELA,S.A
Resumen:
DECISION Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la actora. CON LUGAR, la acción, incoada por el Ciudadano, JOSÉ CARLOS VALERA, contra la Sociedad de Comercio "MOORE DE VENEZUELA" S.A. Queda en estos términos REVOCADA la sentencia recurrida. Se ordena la reincorporación del trabajador a sus labores habituales que venía desempeñando para el momento de la ocurrencia del despido injustificado (15/07/2008), así mismo el pago de los salarios caídos desde su ocurrencia hasta fecha de la efectiva reincorporación del demandante a supuesto de trabajo, o persistencia a razón del salario promedio diario de DOSCIENTOS BOLIVARES, es decir Bs. 200,00. Exclúyase de su cálculo las vacaci.....
Juez/Ponente:
Bertha Fernandez
Organo:
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