En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MANUEL PEDRO FREIRE contra HOTEL TACARIGUA, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de la presente decisión. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 494.964,49), por los conceptos a que se condenaron en el presente fallo.