DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda MODIFICAR la forma de cumplimiento de la Sanción de Reglas de Conductas, imponiéndosele al adolescente sancionado (Identidad Omitida), la obligación de estudiar y/o trabajar, debiendo consignar a la brevedad posible constancia de trabajo, así como constancia de estudios.
SEGUNDO: Se RATIFICAN las sanciones de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, en razón de haberse verificado, el incumplimiento por parte del adolescente (Identidad Omitida) de ambas sanciones, conforme a lo establecido en los artículos 629, 646, 647 literales "a" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; estable.....